El que responde antes de escuchar

“El que responde antes de escuchar, cosecha necedad y vergüenza” (Proverbios 18:13).

Los hombres se jactan de su perspicacia y de su rápido discernimiento, y para exhibir este talento suelen precipitarse a dar su opinión acerca de las cuestiones antes de haberse informado bien respecto a ellas; pero esta forma apresurada de juzgar, especialmente en materias importantes, cosecha necedad y vergüenza; estas personas dejan al descubierto su ignorancia y su orgullo cuando esperan que se aplauda su sagacidad. En lugar de pronunciarnos perentoriamente cuando solo hemos oído la mitad de la información, a menudo es necesario escucharla una y otra vez, y tener en cuenta las opiniones de otras personas acerca del asunto para que no se nos arrastre a conclusiones falsas por culpa de los prejuicios y la parcialidad de aquellos a quienes oímos hablar del asunto en primer lugar.

Esta enseñanza es muy necesaria para los magistrados, que pueden ser culpables de injusticias clamorosas por pronunciar sentencias precipitadas en las causas que se les presentan. Filipo, rey de Macedonia, después de dictar sentencia contra una viuda en una causa que ésta le había presentado, al pensarlo mejor fue tan consciente de la injusticia que había cometido que se condenó a sí mismo a pagarle los daños. Pero los reyes rara vez son tan honrados como para reconocer sus errores y, por tanto, deberían tener cuidado de no caer en ellos. El orgullo de los soberanos fue la causa de que en Persia se promulgara aquella ley que impedía que se revocaran los decretos reales; y otros príncipes, aunque no pretendean poseer tal infalibilidad real, sin embargo tienen un sentido de la dignidad demasiado exagerado como para admitir sus equivocaciones con facilidad.

Con esta norma se indica a los predicadores que no han de darse prisa con su boca a proferir palabra alguna (cf. Ec. 5:2) desde el púlpito como si fuera de parte de Dios, sino pensar bien qué han de decir en nombre del Señor; y meditar debidamente e informarse antes de expresar una opinión en cuestiones de conciencia, no sea que, por una aplicación incorrecta de la Palabra de Dios a casos particulares, inventen pecados y deberes que Dios nunca mencionó, o que angustien la mente del pueblo de Dios y aliente a los pecadores por pronunciar opiniones apresuradas acerca del estado de sus almas.

Todos los hombre deben observar esta norma a la hora de dar consejos o de evaluar el carácter o las acciones de las personas, cuando se les llama a juzgar. Los judíos acusaron a nuestro Señor de quebrantar el día de reposo por sanar por completo a un hombre (cf. Jn. 7:23); pero Él les dice que pecan por juzgar con demasiada precipitación: “No juzguéis por la apariencia, sino juzgad con juicio justo” ( Jn. 7:24).

Deberíamos tener más cuidado a la hora de formarnos opiniones y pronunciarlas, puesto que estamos tan poco dispuestos a reconocer nuestra culpa cuando caemos en algún error y somos tan reacios a retractarnos. Comúnmente se supo que los pastores no pueden arrepentirse, aunque ellos no pretenden ser infalibles, como el Papa; y es cierto que hay muchas razones para suponerlo, pero no debemos restringir la suposición solamente a ese tipo de hombres; porque el mismo orgullo que hace que un grupo de personas se obstine en sus propias opiniones puede encontrarse en otros hombres, aunque quizá no esté tan reforzado por las circunstancias particulares ni sea tan palpable en su conducta, porque no se tropiezan con las mismas tentaciones para ponerlo de manifiesto. ¡ Cuántas personas vemos que no quieren cambiar de parecer respecto a la religión y dan rienda suelta a su furor ante la más mínima contradicción de sus conceptos favoritos, como si se estuviese atacando a sus intereses más queridos! Los santos mismos no están enteramente libres de esta forma de egoísmo, como podemos observar en el comportamiento de David con Mefiboset después de haber pronunciado una sentencia precipitada en la causa de este.

Porción de “Comentario a Proverbios” por George Lawson. Publicaciones Aquila.

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